El Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía (TADA) ha estimado el recurso presentado por el Isla Cristina FC contra la resolución del Comité de Apelación de la Real Federación Andaluza de Fútbol (RFAF), dejando sin efecto la sanción que impedía al conjunto isleño disputar la fase de ascenso a la División de Honor provincial. La resolución considera que la actuación del club estuvo respaldada en todo momento por la decisión adoptada por el árbitro principal durante el encuentro y que no existió voluntad de infringir la normativa.
El tribunal concluye que fue el propio colegiado quien autorizó el cambio de jugador durante el descanso, pese a las advertencias del cuarto árbitro sobre una posible irregularidad. El TADA entiende que el Isla Cristina se limitó a seguir el criterio arbitral, por lo que no puede considerarse que actuara de forma irregular. Asimismo, recuerda que las decisiones del árbitro sobre el terreno de juego son inapelables y que, en este caso, el error reconocido corresponde a la actuación arbitral y no al club.
Como consecuencia de esta resolución, el TADA ordena dejar sin efecto la sanción impuesta y establece que la RFAF deberá elaborar un nuevo calendario para la fase de ascenso a la División de Honor provincial, incluyendo al Isla Cristina FC. La resolución agota la vía administrativa, aunque las partes interesadas aún podrán presentar recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses.


















